La urgente defensa pública de los consumidores

La creciente concentración del poder económico hace que las relaciones entre las grandes corporaciones y los ciudadanos sean cada vez más desequilibradas

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Ilustración consumidores indefensos

La necesidad de potenciar el derecho de los consumidores desde las instituciones públicas adquiere cada vez más relevancia a medida que aumenta el poder de las grandes empresas. En el campo financiero, como en otros tantos sectores, estamos viendo como las crisis actuales se resuelven con más concentración empresarial, lo que supone la creación de gigantescas y poderosas corporaciones. En Estados Unidos, el banco JP Morgan ha absorbido al fallido First Republic y en Suiza UBS se ha comido al quebrado Credit Suisse.

La consecuencia inmediata de la creciente concentración del poder económico es que las relaciones entre las grandes corporaciones y los ciudadanos son cada vez más desequilibradas. La situación de inferioridad de los ciudadanos como consumidores es más acentuada respecto a las empresas tanto en lo relativo a la capacidad de negociación como al nivel de información. Esta inferioridad real de los consumidores en sus actividades económicas habituales es uno de los presupuestos básicos del derecho europeo de consumo establecido por el Tribunal Europeo de Justicia en 2000, (sentencia Océano). La necesidad de reforzar la protección de los consumidores ante esta creciente desigualdad es una constante que viene reiterando la justicia europea desde principios de siglo.

Las relaciones entre las corporaciones y los ciudadanos se realizan a través de los llamados contratos de adhesión, con unas cláusulas y condiciones establecidas e impuestas unilateralmente por las corporaciones.  Son los contratos más importantes de la vida de la mayoría de las personas, como la obtención de un préstamo para adquirir la vivienda, o los que regulan los suministros más básicos (electricidad, gas, agua y teléfono). Estos contratos están repletos de cláusulas abusivas como atestiguan los cientos de miles de sentencias de los tribunales en nuestro país.

Los daños para la economía de la asimetría de la información, característica de los contratos de adhesión, fueron señalados por los premios Nobel, Akerlof, Stiglitz y Spence, en 2001 y por Hart y Holmström en 2016. Los abusos de las corporaciones al restringir la información, además de perjudicar directamente a los consumidores reducen la competencia con lo que generan más inflación.

La historia de las luchas sociales se ha centrado principalmente en mejorar las duras condiciones de explotación de los trabajadores en el sistema capitalista: Lograr mejores salarios, jornadas de trabajo más reducidas y condiciones laborales más decentes. Estas luchas absorbían al principio todas las energías. La mejora de las condiciones de trabajo de los niños, por ejemplo, con leyes que prohibían el trabajo infantil eran tareas urgentes. En el Reino Unido, por ejemplo, en 1870, trabajaban el 32% de los niños y el 20,4% de las niñas de entre diez y 14 años, según el trabajo del profesor Leandro Martínez Peñas, de la Universidad Rey Juan Carlos. En España la primera norma para proteger a los menores de los abusos se aprobó en la Primera República con la ley Benot de 24 de julio de 1873, que prohibió el trabajo de los menores de 10 años. Y en 1919 España fue el primer país de Europa en establecer la jornada de ocho horas.

Sin duda, el rechazo de estas inhumanas condiciones laborables han significado el aspecto más importante de las luchas de los trabajadores y siguen siendo las más importantes hoy en día. Ahora las reivindicaciones se han centrado en la consecución de salarios mínimos, pensiones mínimas y en potenciar la negociación colectiva para asegurar una protección más amplia de los derechos laborales.

Sin embargo, la concentración empresarial y la expansión de los monopolios han cambiado radicalmente las formas de contratación de los ciudadanos que afectan seriamente sus condiciones de vida. Los ciudadanos descubren que ahora tan importante como los salarios es el control de los precios de los bienes de primera necesidad. Los costes de la vivienda (hipoteca o alquiler) los suministros de servicios básicos (electricidad, gas, agua y telefonía) se han convertido en un factor decisivo de sus condiciones de vida. Una de las principales causas de exclusión social y pobreza hoy día es la falta de vivienda o su encarecimiento.

Los trabajadores han concentrado sus batallas en el frente de las jornadas laborales y los salarios, pero han olvidado que el sistema capitalista sigue acechándoles cuando llegan a sus casas. Los costes de la vivienda y los bienes de consumo básicos se han convertido en una creciente fuente de explotación. Es como una puñalada por la espalda.

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Florence Kelley
Sketch de Florence Kelley realizado por la periodista Marguerite Martyn

Sorprende, sin embargo, que en el origen de las luchas sociales, los movimientos sociales tenían muy claro que no se podían desligar la lucha por los salarios de los trabajadores de su defensa como consumidores. La Liga Nacional de Consumidores, (National Consumers League, NCL) creada por las feministas de Nueva York en 1899,  ligaba estrechamente la mejora de las condiciones laborables con los derechos de los consumidores. Como señalaba su primera secretaria general Florence Kelley, “es deber de los consumidores descubrir las condiciones en que se producen los artículos que compran”. La NCL defendía la jornada de ocho horas y los derechos de los niños.

La defensa de los consumidores, especialmente a través de las cooperativas de consumo, experimentó un fuerte crecimiento en Europa especialmente en el Reino Unido a lo largo del siglo XIX. Su influencia tuvo también un importante impacto en España. Ejemplos relevantes hoy día de este tipo de instituciones las cooperativas de consumo como Eroski y Consum.

A pesar del constante desarrollo de las numerosas asociaciones existentes en España (OCU, ADICAE, FACUA, ASUFIN, ASGECO; CECU, Unión de Consumidores de Asturias, Asociación Española de Derecho de Consumo o la Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana, entre otras), los derechos de los consumidores siguen registrando importantes carencias. Uno de los obstáculos más serios deriva de la dificultad de organización por la dispersión de los colectivos afectados.

En Europa la protección de los consumidores registró un salto cualitativo con la directiva sobre cláusulas abusivas de abril de 1993. El fundamento de esta directiva es que se consideran abusivas las cláusulas impuestas por las empresas que al actuar en contra de la buena fe perjudican a los consumidores. El punto nuclear para comprobar si se ha actuado con buena fe es comprobar si el empresario ha dado toda la información necesaria para que el consumidor pudiera comprender todas las consecuencias económicas del contrato.

La realidad es que los contratos de las cuestiones más habituales están repletos de cláusulas abusivas debido precisamente a que las empresas ocultan información sustancial a los consumidores y usuarios.

Ahora ya no se haba de capitalismo. Se prefieren otras expresiones más fácilmente digeribles como economía de mercado en la que se habla incluso de soberanía del consumidor. Como ya señaló Galbraith en La economía del fraude inocente, este supuesto poder del consumidor que detenta el poder último al decidir lo que se compra y produce es una falacia. En su opinión “es un fraude incluso aceptado en el discurso académico”.

La falta de transparencia, es decir, la ausencia de una exhaustiva información, en las actividades económicas de los ciudadanos se está convirtiendo en la principal fuente de aumento de las desigualdades. Los ciudadanos difícilmente pueden afrontar estos crecientes desequilibrios sin un mayor protagonismo de las instituciones públicas. La Unión Europea debe jugar un papel decisivo pues es la que dispone de las mejores herramientas.